ÁMBITO / REQUISITO / INDICADOR
ACC01_02 | Planificación en materia de accesibilidad
ACC01_03 | El ente gestor dispone de medios suficientes para la gestión de la accesibilidad
ACC01_04 | Formación del personal en accesibilidad
ACC01_05 | Conocimiento suficiente sobre la accesibilidad del destino
ACC01_06 | Mecanismos para la gestión, el desarrollo y el seguimiento de las acciones de accesibilidad
ACC01_07 | Accesibilidad y seguridad en situaciones de emergencia
ACC01_08 | Fomento de la participación de los usuarios en la mejora de la accesibilidad
ACC01_09 | El ente gestor incentiva el impulso de la accesibilidad en el sector turístico privado
ACC01_10 | Promoción de la accesibilidad
ACC01_11 | Mejora de la accesibilidad mediante soluciones tecnológicas/innovadoras
ACC02 | B. Implantación de la accesibilidad en el destino
Indicador
ACC01_01_01
Preguntas y Respuestas
¿Se considera adecuadamente la accesibilidad en la aplicación de la normativa?
- Se contempla de forma explícita la exigencia del cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad en los proyectos de titularidad del ente gestor del destino y en la otorgación de licencias.
- La normativa local de obligado cumplimiento que regula aspectos directa o indirectamente relacionados con la actividad turística contempla requerimientos explícitos de accesibilidad.
- Se ponen a disposición del personal técnico del destino documentos técnicos complementarios a la normativa vigente en materia de accesibilidad, como soporte para su interpretación o para incorporar la misma.
- Ninguna de las anteriores.
- N/A-La pregunta no se aplica a este destino
Aclaraciones y Referencias
Si se contempla de forma explícita la accesibilidad en proyectos de titularidad del ente gestor:
A través de la pregunta se pretende determinar si el destino considera adecuadamente la exigencia del cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad en diferentes tipos de proyectos, tanto aquellos cuya titularidad corresponde al ente gestor como en el caso de la otorgación de licencias a terceros. Para justificar la respuesta es necesario adjuntar documentación en la que conste dicha exigencia, en cualquier ámbito (edificación, espacios urbanizados, etc.) y en relación con proyectos terminados (no pliegos de prescripciones técnicas).
Si se contempla la accesibilidad en normativa reguladora de aspectos relacionados con la actividad turística:
Para justificar la respuesta se deben adjuntar documentos en los que se evidencie el contenido expreso de algún requerimiento sobre accesibilidad en la normativa local (ordenanzas municipales, reglamentos, instrucciones, otras disposiciones). Puede ser normativa específica de accesibilidad (una ordenanza municipal de accesibilidad) o tratar otros temas relacionados con la actividad turística, pero incluyendo de forma explícita y relevante la accesibilidad.
Si existen documentos técnicos complementarios a la normativa en materia de accesibilidad:
Se pregunta si el destino pone a disposición de su personal técnico documentos técnicos complementarios a la normativa vigente, como soporte para su interpretación o para integrar la misma. Estos deben estar publicados en la web del destino o en secciones restringidas únicamente para la consulta de personal técnico. Cuando no sean documentos elaborados por el ente gestor del destino es necesario adjuntar evidencias que permitan comprobar su efectiva distribución entre su personal técnico.
Documentación Justificativa a Presentar
Si se contempla de forma explícita la exigencia del cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad en proyectos de titularidad del ente gestor:
Ejemplos de memorias de proyectos ejecutados de titularidad de ente gestor en los que conste expresamente el cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad, ejemplos de licencias de obras o licencias de apertura de establecimientos en las que se haya verificado dicho cumplimiento. Se tendrá en cuenta la normativa vigente de ámbito estatal (p. ej.: CTE-DB/SUA+SI; Orden TMA/851/2021) o autonómico en materia de accesibilidad, tanto en la edificación como en el espacio público.
Si se contempla la accesibilidad en normativa reguladora de aspectos relacionados con la actividad turística:
Ordenanzas municipales u otro tipo de normativa de ámbito local donde se evidencia el contenido expreso de algún requerimiento sobre accesibilidad.
Si existen documentos técnicos complementarios a la normativa en materia de accesibilidad:
Documentos técnicos, o bien elaborados por el destino o publicados por otros organismos y hechos propios por el destino, que constituyan una referencia útil para la interpretación de la normativa o aclaración de conceptos.
COMARCA O MANCOMUNIDAD: En caso de que la comarca o mancomunidad no disponga de dicha documentación, se considera igualmente válido que lo faciliten las administraciones de los diferentes municipios que la componen, debiéndose justificar un número de municipios representativo de, al menos, el 50% de la población del territorio.
Ejemplos de Documentación Justificativa Válida
Si se contempla de forma explícita la accesibilidad en proyectos de titularidad del ente gestor:
– Proyecto de construcción/reforma de un edificio de titularidad del ente gestor del destino en el que existen referencias explícitas al cumplimiento de la normativa en materia de accesibilidad (se debe especificar cuál) que se ha tenido en cuenta para llevar a cabo el proyecto;
– Licencia de apertura de un establecimiento con referencia explícita al cumplimento de la normativa en materia de accesibilidad (se debe especificar cuál) que se ha tenido en cuenta para la ejecución del proyecto.
Si se contempla la accesibilidad en normativa reguladora de aspectos relacionados con la actividad turística:
– Ordenanza municipal de accesibilidad;
– Ordenanza de movilidad sostenible, con referencias claras y explícitas a las necesidades de movilidad de las personas con discapacidad, personas mayores o con otras necesidades de accesibilidad;
– Ordenanza reguladora de la ocupación de la vía pública, por parte de establecimientos (terrazas, veladores,..), por obras y trabajos (vallas, andamios,..), con referencias claras y explícitas al cumplimiento de requisitos de accesibilidad (ancho libre de paso de los itinerarios peatonales, etc.);
– Ordenanza reguladora del otorgamiento de licencias de paso de vehículos por aceras o itinerarios peatonales y correspondientes vados, que haga referencia explícita al cumplimiento de criterios de accesibilidad.
Si existen documentos técnicos complementarios a la normativa en materia de accesibilidad:
– Manual técnico explicativo de normativa de accesibilidad para su correcta interpretación, elaborado por el destino (aparece su logo u otras evidencias) y distribuido a través de la oficina técnica de accesibilidad;
– Otro documento no elaborado por el destino, pero publicado en la web del destino (dependiendo del contenido, en la sección de normativa, de turismo, de servicios sociales, etc.).
– Manual técnico sobre normativa básica autonómica de accesibilidad elaborado por el destino (aparece su logo u otras evidencias).
– Manual de buenas prácticas que ilustra ejemplos de aplicación de la normativa, no elaborado por el destino pero dado a conocer a través de la organización de una jornada.
Ejemplos de Documentación Justificativa No Válida
Si se contempla de forma explícita la accesibilidad en proyectos de titularidad del ente gestor:
– Texto de la normativa existente o un enlace que dirija a la misma;
– Documento (proyecto, licencia,..) en el que se habla de forma genérica de cumplir la normativa en materia de accesibilidad pero sin concretar qué ley/decreto/etc. autonómico o estatal;
– Documentos de planificación de la accesibilidad (plan de accesibilidad, de movilidad, etc.).
– Pliegos de condiciones u otros documentos elaborados anteriormente a la ejecución del proyecto (se requiere una memoria final).
Si se contempla la accesibilidad en normativa reguladora de aspectos relacionados con la actividad turística:
– Normativa local que no contemple la accesibilidad de forma explícita (ordenanza de movilidad sin referencias a la accesibilidad, etc.);
– Normativa local que contemple la accesibilidad de forma implícita o muy marginal (p. ej.: de todas las ordenanzas municipales, se adjunta como evidencia una ordenanza de movilidad en la que se hace mención de las sanciones por el uso indebido de la tarjeta de estacionamiento para personas con discapacidad);
– Normativa local que, aun haciendo referencia a la accesibilidad o a las personas con discapacidad, no tenga relación con la actividad turística (ordenanza municipal por la que se regula el acceso a los servicios de ayuda a domicilio para personas mayores o con discapacidad).
Si existen documentos técnicos complementarios a la normativa en materia de accesibilidad:
– Manual / norma técnica / otros documentos, no elaborado por el destino y sin evidencias que permitan comprobar que se ha puesto a disposición del personal técnico del destino;
– Documentos técnicos con antigüedad superior a 10 años o en todo caso anteriores a la publicación de la normativa vigente en materia de accesibilidad.
Ejemplos de Destinos
Destino: Tías
Evidencia: PROYECTO DE CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LAS CALLES AUSTRIA, COLOMBIA, ARGENTINA Y MALAGUEÑAS EN PUERTO DEL CARMEN Y CANALIZACIÓN DE LA CALLE ARGENTINA_Memoria
Destino: Zaragoza
Evidencia: Ordenanza de Accesibilidad del Municipio de Zaragoza
Destino: Palma
Evidencia: Diferentes documentos técnicos