ÁMBITO / REQUISITO / INDICADOR
ACC01 | A. Gestión de la accesibilidad en el destino
ACC02_12 | Accesibilidad de la página web y de la app de turismo
ACC02_13 | Información para una adecuada planificación previa de la experiencia
ACC02_14 | Accesibilidad de la información en el destino
ACC02_15 | Conectividad del transporte de llegada/regreso con servicios/recursos del destino
ACC02_16 | Accesibilidad del transporte para desplazamientos dentro del destino
ACC02_17_03 | Accesibilidad en los recorridos peatonales de interés turístico
ACC02_17_04 | Accesibilidad en las zonas estanciales de la vía pública
ACC02_17_05 | Accesibilidad en las oficinas de información turística
ACC02_17_06 | Accesibilidad en otros puntos de información turística
ACC02_17_07 | Accesibilidad en los recursos y atractivos de interés turístico
ACC02_17_08 | Accesibilidad en las actividades y los eventos
Indicador
ACC02_17_02
Preguntas y Respuestas
¿Se considera adecuadamente la accesibilidad en los espacios naturales?
- Son accesibles los espacios y elementos que se encuentran antes del inicio del itinerario por el espacio natural: zona de estacionamiento de vehículos y plazas reservadas para PMR, entorno inmediato e itinerario hasta el acceso de la ruta por el espacio natural, equipamientos de acogida e información (centro de recepción de visitantes, etc.) y aseos adaptados, paneles informativos.
- Los espacios naturales del destino cuentan con itinerarios accesibles equivalentes o representativos de la ruta principal o que conduzcan a los principales puntos de interés (miradores, observatorios, merenderos, etc.).
- Existen otras medidas dirigidas a mejorar la accesibilidad de los espacios naturales y su experiencia de visita o a posibilitar la visita cuando estos no son del todo accesibles. Algunos ejemplos son: app de guiado sensorial, dotación de silla Joëlette, información en braille y altorrelieve a lo largo del recorrido, signoguías o audioguías con audiodescripción.
- Ninguna de las anteriores.
- N/A-La pregunta no se aplica a este destino
Aclaraciones y Referencias
Para que un itinerario se considere accesible, el recorrido debe ser equivalente o representativo de la ruta principal y debe considerar la accesibilidad en, al menos, los siguientes espacios y acciones:
– Itinerario sin barreras ni desniveles o salvados mediante soluciones alternativas accesibles (rampa accesible), con pavimento homogéneo y, en caso de pasarelas, con zócalo y pasamanos;
– Dotación de puntos de descanso durante el recorrido;
– Señalización direccional durante el recorrido.
Documentación Justificativa a Presentar
Se acreditará la respuesta mediante documentación gráfica (lo más amplia posible) que justifique la dotación de cada uno de los elementos mencionados. La documentación gráfica debe permitir la realización de la evaluación, por tanto, deben poder apreciarse:
– Todos los elementos y espacios que se encuentran antes del inicio del itinerario por el espacio natural, aportando al menos una imagen por cada uno de ellos: zona de estacionamiento de vehículos y plazas reservadas para PMR, entorno inmediato e itinerario hasta el acceso de la ruta por el espacio natural, equipamientos de acogida e información (centro de recepción de visitantes, etc.) y aseos adaptados, paneles informativos, etc.
– Itinerarios accesibles. Para una adecuada evaluación de la documentación gráfica será necesario aportar varias imágenes del itinerario que permitan apreciar sus condiciones de accesibilidad.
– Existencia de medidas dirigidas a mejorar la accesibilidad de los espacios naturales o a compensar la falta de accesibilidad de los entornos mediante soluciones alternativas accesibles tales como las que se detallan en la pregunta (app de guiado sensorial, dotación de silla Joëlette, información en braille y altorrelieve a lo largo del recorrido, signoguías o audioguías con audiodescripción, etc.).