ÁMBITO / REQUISITO / INDICADOR
ACC01 | A. Gestión de la accesibilidad en el destino
ACC02_12 | Accesibilidad de la página web y de la app de turismo
ACC02_13 | Información para una adecuada planificación previa de la experiencia
ACC02_14 | Accesibilidad de la información en el destino
ACC02_15 | Conectividad del transporte de llegada/regreso con servicios/recursos del destino
ACC02_16 | Accesibilidad del transporte para desplazamientos dentro del destino
ACC02_17_03 | Accesibilidad en los recorridos peatonales de interés turístico
ACC02_17_04 | Accesibilidad en las zonas estanciales de la vía pública
ACC02_17_05 | Accesibilidad en las oficinas de información turística
ACC02_17_06 | Accesibilidad en otros puntos de información turística
ACC02_17_07 | Accesibilidad en los recursos y atractivos de interés turístico
ACC02_17_08 | Accesibilidad en las actividades y los eventos
Indicador
ACC02_17_01
Preguntas y Respuestas
¿Se considera adecuadamente la accesibilidad en las playas?
- Las playas del destino en tramos urbanos cuentan con, al menos, un punto accesible conectado con el entorno inmediato destinado al tránsito peatonal mediante itinerario accesible.
- En los puntos accesibles de las playas se ofrece el servicio de baño asistido.
- Los puntos accesibles de las playas están dotados de las instalaciones, elementos y servicios mínimos para considerarse como tales.
- Los puntos accesibles de las playas están dotados de elementos complementarios que mejoren las condiciones de accesibilidad del servicio ofrecido.
- Ninguna de las anteriores.
- N/A-La pregunta no se aplica a este destino
Aclaraciones y Referencias
Para considerar válida la respuesta, el punto accesible de playa debe contar con un itinerario accesible que lo conecte con la parada de transporte público más próxima o el aparcamiento más próximo con plazas reservadas para personas con movilidad reducida y el acceso a la playa desde el itinerario peatonal colindante debe poder realizarse sin desniveles o mediante alternativas accesibles.
Documentación Justificativa a Presentar
Documentación acreditativa que permita comprobar que los puntos de playa identificados como accesibles están conectados con el entorno colindante mediante itinerarios peatonales accesibles: fotografías del acceso del punto accesible sin desniveles o mediante rampa accesible, del itinerario que conecta el acceso a la playa con los principales puntos de llegada a la misma, mediante vehículo proprio o transporte público (paseo marítimo o equivalente), de las plazas de aparcamiento reservadas en sus inmediaciones. Dicha documentación puede complementarse con más información relativa a los puntos accesibles de playa puesta a disposición por parte del destino, como folletos/mapas de las playas elaborados por el destino con la identificación de los puntos accesibles o fotografías del panel informativo sobre accesibilidad de la playa.
Documentación acreditativa de la efectiva prestación del servicio de baño asistido: documentación de contratación del personal de asistencia al baño, distinto al de salvamento (no puede realizar a la vez servicios de vigilancia u otros), del convenio o contrato con la entidad que se hace cargo del servicio; memoria relativa a la última temporada del servicio de playas del ayuntamiento, en el que se hace referencia al servicio o pliegos para la contratación del siguiente.
Documentación gráfica que justifique la idoneidad según normativa de la dotación de, al menos:
– Pasarelas e itinerarios peatonales accesibles en la playa;
– Plataforma reservada para zona de sombra;
– Cabinas de aseo adaptado, vestuarios y duchas, que cumplan las especificaciones establecidas en la normativa de accesibilidad.
Documentación gráfica/audiovisual que justifique la dotación de cualquier elemento adicional que sirva para mejorar el servicio en el punto accesible: otros productos de apoyo para la movilidad, más allá de las sillas anfibias; elementos de mejora de la accesibilidad dirigidos a personas con dificultades de visión; megafonía; zona estancial dentro del agua, etc.